Seis ordenanzas declararon litigante temerario a Ricardo Pellerano; la Suprema confirmó cuatro
La Cámara Civil del Distrito Nacional levantó oposiciones a pago y multó al abogado. La Suprema dejó firmes cuatro fallos de 2022.

La Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional declaró litigante temerario, o de mala fe, al abogado Ricardo Antonio Pellerano Paradas en seis ordenanzas dictadas entre 2022 y 2024. En las cuatro de 2022 la declaración ya quedó firme: la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó la casación el 31 de enero de 2024.
Todas salieron de demandas en referimiento. Una sociedad comercial pidió levantar oposiciones a pago que Pellerano había trabado sobre sus fondos. En cada fallo el tribunal ordenó levantar la oposición, liberar el dinero retenido en bancos y fiduciarias, y cobrarle una multa de RD$1,000 a favor del Estado. Esa multa está en la Orden Ejecutiva 378 de 1919. La sanción es civil y procesal. No es una condena penal.
Las seis decisiones
- 504-2022-SORD-0214, del 22 de febrero de 2022.
- 504-2022-SORD-0365, del 23 de marzo de 2022.
- 504-2022-SORD-0561 y 504-2022-SORD-0562, ambas del 26 de abril de 2022.
- 504-2024-SORD-1500, del 15 de agosto de 2024.
- 504-2024-SORD-1605, del 3 de septiembre de 2024.
Pellerano apeló las cuatro de 2022. La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional las confirmó en las ordenanzas 026-03-2022-SORD-00052, 026-03-2022-SORD-00095 y 026-03-2022-SORD-00108. La última resolvió dos recursos a la vez. La Suprema cerró esos cuatro expedientes con las sentencias SCJ-PS-24-0127, SCJ-PS-24-0149 y SCJ-PS-24-0180. De las dos ordenanzas de 2024 no se localizó información sobre un recurso.
Por qué hablaron de reiteración
En la ordenanza 026-03-2022-SORD-00095 la Corte dijo que había trabado nuevas oposiciones «invocando el mismo derecho, sin que medien circunstancias nuevas o diferentes que justifiquen tal acción», aunque las anteriores ya estaban levantadas. Concluyó que actuó «a pesar de tener conocimiento de que ejecuta diligencias improcedentes». La ordenanza de septiembre de 2024 sigue ese razonamiento.
Ante los jueces, Pellerano sostuvo que las oposiciones protegían derechos que alegaba tener sobre esos fondos. El tribunal rechazó el argumento.
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